Era un agitado lunes del mes de abril del año 2011 (el primero, para ser más exactos), y un trino proferido por un notable personaje de la política colombiana, el ministro del Interior y de Justicia Germán Vargas Lleras, generó una de las más dinámicas, acaloradas, profundas y divertidas polémicas políticas de las que haya tenido noticia el pueblo colombiano, al menos en Internet.
La presentación de la llamada ‘#LeyLleras‘ al Congreso de la República de Colombia para su trámite legislativo, fuera del muy sesudo debate jurídico que se ha desarrollado de las toldas de expertos como Carolina Botero, el Blog en Derecho Público, César Rodríguez Garavito y Juan Carlos Monroy (de la Dirección Nacional de Derechos de Autor), entre otros, y que ha tenido numerosos espacios virtuales como escenario, no ha sido óbice para la generación de varios debates alternativos, fundamentales para nuestro país, y que se gestaban desde hace tiempo en los intelectos nutridos por el fenómeno de la revolución social de la Web.
Estos debates han encontrado la oportunidad ideal para salir a la luz, y por lo tanto es fundamental hacer un recuento de los tres que no debemos perder la oportunidad de traer a la palestra pública:
1. Transformación de las industrias culturales y del conocimiento.
2. ¿Para quién legislamos?
3. Transformación de la democracia.
Comencemos con el debate 1.
La industria cultural fue un invento de la humanidad fundamentado principalmente en dinámicas económicas. El día en que un individuo estuvo dispuesto a ‘pagar un precio’ por contemplar la belleza de una obra artística, cultural o conexa, fue el día de la génesis de esta industria. Mucho antes de la ocurrencia de dicho acontecimiento, la humanidad ya poseía producción cultural y artística, que inicialmente no era objeto de ninguna transacción económica, y que era transmitida entre comunidades, con instrumentos como la tradición oral o la exposición monumental.
Ambos mecanismos de distribución de objetos culturales, artísticos y del conocimiento, el modelo antiguo –o libre– y el más nuevo, o modelo permisivo, han coexistido desde entonces. En algún punto de la historia, estos dos modelos crearon dos tipos de producciones culturales: las que se eran creadas para ser transadas y las que se creaban como parte de la natural expresión del ser humano. De igual manera, estos mecanismos generaron procesos de exclusión, en los que cierto tipo de obras eran ostentadas por élites económicas y políticas, y otro tipo de producción cultural era la que llegaba a la gran masa de personas.
La industria de producción cultural, para transar, también evolucionó con la aparición de tecnología que permitía difundir a un grupo más ampio de personas las obras, mediante la generación de copias. Quizás en ese momento, en el que la tecnología para efectuar estas copias tenía costos prohibitivos para el grueso de la población, era factible pensar en ejercer control sobre estas y limitar el derecho a hacerlas, a fin de no deteriorar el valor económico de la obra distribuida masivamente, y así generar muchos más dividendos a quienes controlaban los medios de producción. Debuta de esta manera el modelo copyright (derecho de autor), sobre el cual se fundaron imperios, se generaron fortunas y se amasó mucho poder.
El sistema legal que comenzó a sustentar este mecanismo de acumulación de riqueza, con el paso de los años y el aumento de las fortunas que amparaba, fue ampliando los períodos de protección de las obras. Las leyes pioneras al respecto (como el estatuto de Anne, Gran Bretaña) protegían las obras hasta por dos períodos consecutivos de 14 años (cumpliendo algunos requisitos), mientras que las leyes actuales, como las de Colombia, protegen por períodos hasta de 80 años después de la muerte del creador (Artículo 11, Ley 23 de 1982). Estos aparatos legales también se adaptaron a nuevas tecnologías, como las que permitían difundir contenidos mediante ondas hertzianas (radio), dando como resultado la generación de sistemas de cobro de regalias para difusores de obras. El instrumento operativo más conocido para realizar estos recaudos son las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor.
Este sistema de generación de riqueza comenzó a ver horadados sus amplios márgenes, cuando empezó a irrumpir tecnología que facilitaba la generación de copias a un grupo creciente de la población. Inventos como la fotografía, las copiadoras o fotocopiadoras de documentos, la grabación de audio y la grabación de video comenzaron a incomodar un poco a estas gordas fortunas, pero sin ponerlas definitivamente en aprietos, ya que la distribución a gran escala de estas copias ‘personales’ seguía siendo una empresa costosa y difícil. La copia para uso personal fue permitida entonces. Con el incremental ingreso de tecnologías que democratizaban el acceso a las obras, las exigencias operativas de este sistema de control comenzaron a ampliarse (con el consecuente aumento en sus costos).
Mientras toda esta historia transcurría, otras industrias de producción cultural y artística, que nunca pudieron ejercer control sobre las copias de las obras producidas, desarrollaron igualmente emporios y fortunas abrazando lo que se denomina el ‘modelo copyleft‘. Claros ejemplos de estas industrias culturales son la gastronomía y la moda (es virtualmente imposible controlar lo que pasa en las cocinas y los cuartos de costura de la gente, y por eso se permite ampliamente la copia en estos contextos, inclusive con fines económicos).
Una tecnología lo transforma todo: Internet.
Cuando de la mano del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, y como solución a un problema de computación distribuida, se incuba Internet en la década de los 60, pocos podrían siquiera intuir que los cimientos de la poderosa industria del copyright estaban siendo profundamente socavados. Tres décadas después, la red de redes no solamente bajó prácticamente a cero los costos asociados a realizar copias, sino que también evaporó los costos asociados a la distribución (y transmisión) del contenido copiado. Este dramático abaratamiento también causo el inevitable fenómeno de la popularización de estas prácticas, haciéndolas patrimonio de un ingente número de ciudadanos.
Los mismos principios que generaron esta dinámica sustentaron innumerables fenómenos que han democratizado el perfeccionamiento de derechos fundamentales para el ser humano en su gran conjunto. Internet es ahora un verdadero patrimonio de la humanidad.
Choque de trenes.
Comenzó entonces una épica batalla, librada en múltiples escenarios, para que Internet se adaptara al sistema copyright.
También han surgido cuantiosas voces que propugnan por una adaptación del modelo copyright a la nueva realidad tecnológica (quizás el más conocido es Creative Commons). La historia nos ha dicho en múltiples oportunidades que, si bien se pierden algunas contiendas, la ley termina adaptándose al cambio tecnológico y a la subsiguiente dinámica de evolución social.
Colombia como escenario.
Las tensiones entre los modelos copyright a ultranza y copyleft a ultranza se han hecho particularmente evidentes en Colombia por estos días (fenómeno reiterado a lo largo del planeta), con la presentación de la popularmente nombrada Ley Lleras al Congreso. El problema estructural que afronta este escenario democrático es que los promotores del modelo copyright han ejercido enorme influencia, durante prolongados períodos de tiempo, a través de mecanismos de cabildeo, en numerosos sistemas legislativos (para el caso específico de la presente ley, ese escenario ha sido el Congreso de los Estados Unidos, tema del cual nos ocuparemos en el siguiente artículo), y esta fuerza de dientes afilados en la salvaguarda de derechos específicos, entra en choque directo con una enorme cantidad de usuarios de Internet, y de nuevas generaciones que han cimentado muchas de sus expresiones, costumbres y valores culturales, en los principios que ataca y criminaliza directamente la filosofía copyright de extrema, como es acceder, copiar, mezclar, distribuir, compartir contenido, con Internet como herramienta. La profundización de las posturas radicales es una consecuencia directa de este pulso de fuerzas.
El choque de principios es sumamente profundo y se escapa al análisis desprevenido. Decía Vint Cerf, uno de los padres de Internet, en conferencia dictada en Bogotá en 2009 (palabras más, palabras menos): “El copyright es sumamente incompatible con Internet, ya que lo que hacen precisamente los navegadores o browsers es realizar una copia”. El solo hecho de acceder a un contenido copyright mediante un browser ya está desvirtuando, estrictamente hablando, los principios sobre los cuales se cimentaron los mecanismos de acumulación de riqueza del pasado.
Muchos artistas, músicos y actores han salido en defensa del modelo copyright que sustenta el proyecto de ley en cuestión, pero quizás a ellos se les escapa el análisis profundo de las implicaciones del cambio tecnológico en su profesión y la apreciación de que no es el único modelo sobre la mesa. Es perfectamente posible generar mecanismos de creación de riqueza sin la necesidad de ‘restringir el derecho de copia’ que fácilmente puede ostentar hoy en día cualquier ciudadano. El manual de uso para la creatividad sostenible en la era digital es un documento que todo artista debería consultar, para explorar las verdaderas limitaciones y oportunidades que tiene su accionar en esta nueva era.
Planteando salidas al choque de modelos, en pro de la evolución de la industria cultural.
En este apartado conviene hacer un llamado a la industria cultural, a los legisladores (que tienen como obligación proteger los derechos de dicha industria, al igual que los del resto de la comunidad) y a los creadores de todo tipo (que con su talento nutren no solo su bolsillo, sino el derecho que tiene todo ser humano a buscar, contemplar y recrear la belleza), con el ánimo de buscar el ‘justo medio’ tan necesario en este debate.
¡Innovad!
Todo cambio tecnológico propone nuevas maneras de hacer las cosas, que si bien pueden ser interpretadas en una primera instancia como una amenaza directa al ejercicio de los legítimos derechos, cambiando un poco de óptica pueden constituirse en una verdadera oportunidad de evolución y prosperidad. La presente revolución social de la Web nos invita a desarrollar nuestros intereses en un escenario en donde cada vez es más difícil ejercer controles. Luchar contra las dinámicas constitutivas de ese caos puede resultar en gran cantidad de victorias pírricas, pero al final en el desgaste propio de perseguir a una quimera, siempre hay realidades que sobrepasan cualquier esfuerzo individual o corporativo.
Muchos han sido quienes han adoptado el caos como escenario para su creatividad, explorando nuevos modelos de negocio, eliminando intermediarios, desarrollando tecnología y plataformas que permitan una protección efectiva de los derechos de copia, buscando maneras alternativas de financiamiento para las empresas culturales, y todo ello con apelación directa al poder del que se ha interpretado como un ‘enemigo’.
Debemos acostumbrarnos a actuar en un mundo que pugna con enorme ímpetu por una distribución de la riqueza y del poder más equitativa, utopía que nos persigue desde la misma creación de la democracia. La generosidad, la interdependencia, la transparencia y la colaboración son valores fundamentales, que si son aplicados a las prácticas empresariales, quizás no rindan exagerados dividendos, pero sí un mundo con mayores oportunidades para todos.
Las leyes en Colombia pueden ser un faro para la humanidad.
Como veremos en el próximo artículo, estamos en el legítimo derecho como colombianos de exigir que el tiempo y el esfuerzo que dedica el legislador criollo a construir nuestro Estado de Derecho no tenga como única brújula la delicadamente llamada ‘armonización con sistemas legislativos foráneos’ (o más fuertemente nombrada ‘imposición de leyes desde el extranjero’).
2011 es un año con muchas más luces que las que pudo tener 1998 (año en que se promungó la Digital Millenium Copyright Act, legislación foránea que es la base para la ley que se presenta por estos días a nuestro congreso) en cuanto a las posibilidades, impactos, alcances y oportunidades que trae Internet a la sociedad. Quizás por eso tenemos ante nuestro espectro de posibilidades, la oportunidad de realizar una ley (y un aparato de leyes conexas) mucho mejor sustentada, que dadas las circunstancias del estado del arte al cual asistimos, pueden iluminar el desarrollo de otros aparatos jurídicos y el desarrollo de todo tipo de industrias culturales (no solamente de aquellas que acogen el modelo copyright).
Para lograr esto, tenemos que separar claramente los actos legítimos de construcción de cultura de las infracciones a los derechos de autor (si no queremos criminalizar a toda una generación que actúa y se desarrolla de manera muy diferente a quienes en estos momentos dictan las leyes).
Tenemos que propugnar para que quienes están en obligación de defender los contratos que suscriben con sus usuarios no carguen al grueso de la sociedad con el peso de esta obligación. También tenemos que establecer un panorama en donde la libre elección por parte del creador de adoptar un modelo u otro no esté llena de obstáculos.
Debemos aprender de ejemplos ampliamente documentados, como es el caso del español, en donde la ley que protege los derechos de quienes ostentan el modelo copyright es un verdadero dolor de cabeza para los que libremente optan por el modelo copyleft (aquí encontrarán un claro ejemplo de ello).
Tenemos que ajustar la ley para que se le dé a cada industria (con circunstancias de producción de objetos culturales muy diferentes entre sí) la justa protección, modulada de acuerdo con sus esfuerzos. Debemos preservar cuidadosamente el enorme abanico de posibilidades que está brindando Internet a la sociedad en su conjunto y entenderlas como un bien común ya logrado por nuestra sociedad. Y debemos ser muy cuidadosos para no lesionar los derechos de libre expresión, de libre ejercicio de la personalidad y la creatividad que poseemos todos, al intentar proteger los derechos de una reducida élite con mucho poder económico (que igual tiene derechos).
Armonizar modelos.
La armonización no es más que la coexistencia pacífica de los mismos, fundamentada en el respeto profundo de los principios sobre los cuales se establecen ambos modelos. Esta coexistencia puede darse inclusive para el trabajo de un mismo creador y para la distribución de una misma obra.
Un claro ejemplo de esta coexistencia se puede observar en la materialización del modelo de distribución del libro ‘Free Culture‘, que además de aportar gran cantidad de conocimientos útiles para contextualizar este debate (recomiendo vehementemente su lectura), es un ejemplo vivo de cómo un autor, consciente de las implicaciones profundas de la actualidad, es capaz de sustentar un modelo de ingresos y preservar los principios que abrazan numerosos individuos en sus interacciones en red.
Lawrence Lessig, al deleitarnos con sus planteamientos, no solo les brinda a sus lectores la posibilidad de descargar (con todas las prerrogativas que su propia invención, Creative Commons, le da al usuario final), sino que también distribuye su obra en plataformas ‘mucho más seguras’ para la protección de derechos de copia, valiéndose de ejemplares protegidos por copyright. Muchos (entre los cuales me incluyo) estamos dispuestos a adquirir la copia protegida, por el hecho de desarrollar una experiencia de lectura específica. Lessig nos enseña a proteger donde es factible y a liberar donde es natural.
Mucho cuidado con el conocimiento.
Para terminar, traigo una profunda reflexión de Daniel Cárdenas (@mobixconsulting) mi coequipero de mil batallas, que plantea lo siguiente:
“Hoy parece incuestionable fomentar una actitud que valore el compartir el conocimiento (el científico y tecnológico en particular) como lo que es: un factor determinante para solucionar los problemas que genera una sociedad. Tampoco caben dudas sobre la necesidad de fomentar un clima propicio para que la actitud de compartir el conocimiento desarrolle valores culturales. Sobre lo que pueden existir dudas es sobre la conveniencia de que un modelo, que hace específicamente lo contrario, permanezca como la solución a los problemas que afronta la sociedad actual y futura”.
Hay escenarios, como es el caso de la información y el conocimiento, que ayudan incluso a salvar vidas, en donde el modelo copyright debería estar sumamente limitado, ya que el valor de la vida debe estar por encima de cualquier interés económico, y es uno de los pocos puntos de acuerdo que como humanidad compartimos. “Si la información, el conocimiento y la infraestructura ayudan a salvar vidas, estas deberían ser un patrimonio de toda la humanidad”.
Muy objetivo, claro e informador.
Donde encuentro información de esta calidad por parte de los que están a favor de la #leylleras?. El señor Vargas Lleras publico en su facebook un vídeo que confunde, juega con el corazón de los Colombianos y desinforma: http://xurl.es/yd6yn
Link muy interesante que va en linea con este articulo. Larry Lessig sobre las leyes que ahogan la creatividad:
http://www.ted.com/talks/lang/eng/larry_lessig_says_the_law_is_strangling_creativity.html
Muchas gracias por compartir dicho vínculo. Esa charla TED en particular fue otra de mis fuentes de información para realizar el presente articulo.
Muchas gracias por compartir esta importante charla TED del padre de Creative Commons. El pensamiento de Lessig ilumina y proporciona muchos argumentos para entender profundamente este importante debate.
Excelente artículo.
Sólo nuestra unión impedirá que los legisladores se conviertan en marionetas de la industria y sean dignos representantes de los ciudadanos.
El documental ¡Copiad, malditos! de la TVE es un anticipo a lo que puede ocurrir en Colombia. Cosas para apreciar en el documental
– Que pague el del negocio de la esquina, las que venden frito, el señor del transporte público,… etc.
– Se puede ver la fuerza que tiene en la historia un ratón que conocemos desde niños.
– Son todos los autores los que se benefician con esta leyes.
– Un payaso triste.
– Otros Modelos de negocios.
– Mejor eliminar los jueces y que sean lo políticos los que digan la última palabra.
– Todo por la pasta y no están hablando de la pizza.
– ¿Quien paga el pato?.
Les recuerdo el enlace ya presentado en el artículo: http://www.rtve.es/television/documentales/copiad-malditos/
Muchas gracias por resaltar dicho ducumental, que fue fuente de inspiración para el presente artículo.
Creo que hay dos tipos de producciones:
1. Artistica: Musica, literatura, software etc. .. Esta debería ser de libre distribución siempre y cuando no sea utilizada para fines comerciales. Lo que conocemos como compartir.
2. Investigativa: vacunas, medicinas, tecnologia, etc. .. Este tipo de producción requiere una inversión no solo para generar el conocimiento, también para producirlo y distribuirlo, por lo cual su modelo debe permitir el plazo necesario para que las companias recuperen su inversión y realicen sus ganancias. El problema con este modelo es que la vida de muchas personas depende de dichas producciones.
Para el caso de la Ley Lleras, según entiendo, pretende limitar el derecho a la libre contemplación del arte como expresión humana y propia de nuestra naturaleza (entiendase numeral 1), por lo tanto solo responde a los intereses económicos de grandes grupos editoriales, disqueras y compromisos políticos.
Todo el conocimiento debería ser libre, pero en el caso del conocimiento de fuente investigativa debemos reconocer que se incurre en gastos que se deben cubrir. Para las creaciones artísticas, el autor es recompensado con las ventas de su libro impreso, conferencias, conciertos, etc. Por no contar la imponente publicidad que reciben precisamente de aquellos que comparten, comentan en blogs y foros sus obras.
Totalmente de acuerdo. La modulación de los derechos debe estar en relación directa al esfuerzo que se invierte para producir algo. De todas maneras hay metodologías de trabajo como la innovación abierta, que permite reducir costos y de esta manera se podría pensar en liberar más rápidamente conocimiento que nos ayude a salvar vidas.
(Nota: si le da pereza leer todo este tocho, por lo menos lea el último párrafo :P)
¿Y es que componer y grabar una canción / investigar, compilar información y escribir un libro / planificar, programar, debuggear un SW (software) no requieren inversiones en tiempo, esfuerzo y/o dinero?
Yo he estado en contacto casi que permanente con las tres actividades, y puedo decir sin miedo a equivocarme que todas requieren esfuerzos tremendos por parte de muchas personas para llevarse a cabo.
¿Por qué puede un médico cobrar por mirar a un paciente y escribir una receta / un abogado por escribir memoriales / un periodista por redactar noticias y no un escritor por un libro que se mató un año entero escribiendo y corrigiendo?
El problema es que la gente o 1) desconoce esos esfuerzos (un grupo de música local, por ejemplo, debe gastar plata en uno o más de los siguientes: transporte, alimentación, estudio de grabación, mezcla y masterización, diseño de carátulas, producción de discos, entre otros) o 2) sencillamente no le importan (¿alguien ha pirateado alguna vez una App de iPhone de US$0.99? ¿cuál es la excusa ahí?) o 3) pretende forzar (no convencer) a los autores a pensar igual que ellos, olvidando que cada quien es libre de cobrar su trabajo como prefiera (“yo desarrollo SW gratuito [o peor, a mí me gusta que desarrollen SW gratuito], así que tú debes hacerlo gratuito”).
No comparto que cobres por tu trabajo, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a hacerlo.
Quisiera también dejar una reflexión importante: quienes no hayan leído el proyecto de ley, por favor háganlo antes de entrar al debate. Vale la pena (y no, ver un video sobre el ACTA, que es otra cosa, no vale). Y un comentario final (y corríjame alguien si me equivoco, por favor): en Colombia existe legislación sobre los derechos de autor desde hace ya varios años; el objetivo de la Ley Lleras es establecer regulación en internet para poder dar cumplimiento a dicha ley.
@Racso lo que anotas en tu comentario es totalmente cierto. Pero totalmente cierto es también que pueden existir (y de hecho son una corriente importante) muchas maneras de hacer dinero a partir de las creaciones artísticas y culturales, sin tener que acudir al derecho a la copia como mecanismo. También te debo informar que este artículo no es uno que haga referencia directa a la #LeyLleras como tal, sino a los debates alternativos que se están generando a partir de su presentación, y que es fundamental sacar a la luz. El debate jurídico, que también está muy profundo e interesante, se lo dejamos a los juristas. Nosotros leemos la realidad que rodea a esta polémica ley y hacemos eco de ella.
@Juan David: empiezo por el final: Mi comentario sobre la legislación existente estaba dirigido al público en general, no tanto al artículo o a ti. Aunque bueno, ahora que lo pienso, de todos modos el título habla de “debate sobre LeyLleras”. Quizá los debates deberían plantearse más como “debates acerca del copyright en Colombia”, o algo así.
Y soy consciente de que hay maneras de hacer dinero sin cobrar el derecho a la copia. De hecho, los artistas en general deberían informarse acerca de ellas y ponerlas en práctica, no tanto porque esté mal que cobren las copias (como mencioné anteriormente, están en su derecho a cobrar como quieran por su trabajo), sino porque es la única forma que veo de que sobrevivan (y no más que eso, porque es raro que algún sistema “alterno” de ingresos brinde las ganancias que brinda la sencilla venta directa del trabajo realizado) al aluvión de piratería que hay actualmente en el país (y en el mundo).
Sin embargo, precisamente ese es el punto: que esas formas alternativas son eso, alternativas, y debería respetarse la decisión final que el creativo adopte para vender sus proeductos. Nota también que tanto el comentario de Héctor como tu réplica dan a entender que la música/la literatura/el software no requieren esfuerzo (o requieren poco esfuerzo) para ser producidos, y eso es una falsedad total.
@racso agradezco que aportes tus puntos de vista sobre el debate, los cuales son muy importantes. Los comparto en su gran mayoría, pero debo hacer claridad total que la inferencia que haces afirmando “dan a entender que la música/la literatura/el software no requieren esfuerzo (o requieren poco esfuerzo) para ser producidos, y eso es una falsedad total”, no es coherente con mi verdadero saber y entender. Lo digo, porque soy gerente de una empresa que desarrolla software y soy testigo a cada día del enorme esfuerzo que representa hacer software (uno de los ejemplos que nombras). También soy escritor y puedo entender el esfuerzo que requiere dicha labor. Por otro lado vengo de una familia con inclinación a la música, y también he sido testigo directo del enorme esfuerzo que deben hacer los músicos para sacar sus creaciones a la luz. El sentido de mis observaciones van más en la vía de la necesidad de innovar modelos de negocio entorno a este tipo de disciplinas, en donde la coexistencia de modelos (Copyright y Copyleft) debe ser una constante, pero esa coexistencia debe darse sobre las bases que entrega la misma tecnología. He estado leyendo el libro de Lessig sobre “Cultura Libre” y he podido comprobar que este tipo de debates se dan cuando una nueva tecnología irrumpe. Por ejemplo, cuando se democratizó la fotografía, hay quienes se preguntaron si tomarle fotos a algo no iba en contravía de los derechos de los autores. Afortunadamente la cultura y la legislación permitieron que el aparato legal controlara lo que es controlable y permitiera lo que evidentemente es imposible de controlar, permitiendo de esta manera el enorme avance de una expresión artística y cultural tan importante como la fotografía.
@Juan David: y yo te agradezco el artículo y el buen debate.
Ahora, sobre lo que mencionas, me basé en los comentarios escritos aquí. Explico brevemente: de entrada se comentó que los tipos de producción 1 (M/L/SW) deberían ser de distribución libre, mientras que los de producción 2 sí deben permitir ganancias *debido a que* sí requieren inversión. Esto de inmediato implica que los tipo 1 no requieren inversión. La entrada posterior, diciendo que se está de acuerdo y comentando que “La modulación de los derechos debe estar en relación directa al esfuerzo que se invierte para producir algo”, sin más aclaraciones, refuerza la implicación.
Quería añadir algo más, pero voy a ponerlo como comentario nuevo.
@Racso
Creo que no me explique bien, yo también escribo, tengo una pagina web y un sobrino músico y entiendo perfectamente el trabajo y el esfuerzo implícito a estas tareas.
En mi comentario inicial indique que los artistas tienen muchas maneras de rentabilizar su trabajo, no exclusivamente el derecho de copia, de manera que siempre y cuando la copia no sea para uso comercial debería ser libre como parte de la cultura, que a su vez es parte de la experiencia humana. No pretendo que se desconozca el trabajo detrás de el, sino la realidad de lo que es un derecho natural como seres humanos, independiente del beneficio económico, que el artista puede obtener de otras maneras. También hay que tener en cuenta el aporte del medio al artista, publicidad, foros, distribución, etc.
Por otro lado, sobre porque el conocimiento de tipo científico e investigativo requiere un modelo sustentable económicamente esta basado en las inversiones no solo de tiempo, esfuerzo y trabajo del investigador o científico, también en el músculo económico necesario para generar dicho conocimiento (tal vez no deberia ser así pero tristemente se necesita mucho dinero para salvar una vida). Entenderás que es muy diferente rentabilizar una vacuna que debe salir a un costo bajo y en la cual se gastaron billones de dólares y años de investigación, que una producción musical cuya inversión puede rondar unos cuantos millones si hablamos de artistas de elite que recuperan dicha inversión en un par de conciertos, que a su vez también son los pocos que viven del arte.
Como notas no es desconocimiento del esfuerzo y trabajo es simplemente poner las cosas en la perspectiva de la realidad.
Ahora como punto final, me sostengo en que todo el conocimiento humano, científico, tecnológico o artístico debe ser reconocido pero libre y disponible para el africano mas pobre como para el americano mas rico.
Juan David Excelente articulo, espero el siguiente.
Muchas gracias!!
Quiero aportar dos nuevas fuentes de información para este debate. Se trata de dos guias publicadas, una por las empresas defensoras de las multinacionales discograficas y la contra publicada por los defensores de los derechos en Internet. Aunque son creadas en España, resumen perfectamente ambos puntos de vista y pueden ustedes tomar sus propias posturas.
Musica, Cine, Televisión en Internet. Guia para padres y prefesores:
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2011/04/05/guia.pdf
Música, Cine y Televisión legal, libre y gratuita en Internet. Guia para madres y profesoras:
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2011/04/27/guia_hacktivistas_final.pdf
Como era de esperarse la primera Copyright y con seguridad que no permite su copia o impresión. La segunda totalmente CC. Además se incluyen links de ejemplos de paginas legales para compartir y ver cultura libremente.
Jorge, muchas gracias por los vínculos, son grandes ejemplos de la radicalización de las posturas, dinámica que no terminará beneficiando a nadie, si no infringiendo daño en uno u otro bando. El llamado es a moderar los planteamientos, a acercarlos paulatinamente para ver si como sociedad podemos lograr el “justo medio” ideal de toda democracia.
Quisiera comentar algo acerca de las licencias poco restrictivas y la Ley Lleras.
Buena parte de los detractores del copyright abogan por el uso de licencias flexibles (Creative Commons, por ejemplo). Ahora, hay algo que debe notarse, y es que incluso las licencias altamente flexibles pueden violarse. Esto debido a que imponen algunas restricciones al momento de compartir el material.
Pues bien, ¿qué sucede si un sitio web viola una licencia CC —al no mencionar al autor del material o al hacer una obra derivada de material no-derivative, por ejemplo—? ¿Debería el Estado [tener la capacidad de] hacer algo para proteger ese material que se está plagiando?
Llevándolo al total extremo, ¿No debería existir un mecanismo de regulación para proteger, por lo menos, los derechos de autoría (esto es, ya que todos tienen mi música gratis, que por lo menos digan que es mía, y no de otra persona)?
@racso, buen punto el que anotas. Alguna vez escuché que un tribunal europeo sentó un precedente protegiendo derechos Creative Commons, y también se que por ejemplo la comunidad de mapeo OpenStreetMaps cuyo contenido es libre, está en litigios con Google, por violación de una licencia libre. Creo que en este aparato legal hay que avanzar, se debe legislar para proteger licencias Creative Commons. Es un buen punto medio.
el problema es que en realidad no hay debate, poner al pelagato que menos sabe sobre el tema frente a una twitcam de el tiempo no es debate, debate es donde podamos participar pero sobre todo seamos escuchados por aquellos que son los que destruyen a nuestro pais… perdo, los que legislan nuestro pais. aca nos metieron una ley donde no tenemos voz ni voto, ellos la proponen, ellos la construyen y ellos la aprueban, nadie va a votar nada ni puede expresar su inconformidad respecto a ello, esa es la democracia que tanto promulgamos?
Agradezco tu comentario, pero también te agradecería en adelante, referirnos a quienes pueden ser contradictores de nuestras posturas, de una manera muy respetuosa. Con esta base podremos construir consensos de una manera mucho más fluída. Estos consensos son importantes y terminarán redundando en el beneficio de todos.
Pues sinceramente yo sigo en mi posición pragmagitca “…es necesario combatir primero LA PIRATERÍA REAL QUE LA PIRATERÍA VIRTUAL…”, partamos del hecho de que se pueden descargar aun versiones de MICROSOFT OFFICE 2003 cuando hoy en dia la empresa esta en OFFICE 2010 es decir esto no es pitratería es ABANDONAWARE, lo mismo sucede con aljunos juegos que a pesar de ser viejimismos entretienen mucho y algunos ni siquiera han jugado la primera versión simplemente porque a las tres semanas sale otro mejor.
Cuando la piratería callejera este controlada: SOFTWARE, MUSICA Y PELICULAS. Entonces podemos empezar a hyablar del tema, de otro modo esto es una mas de las CACERÍAS DE BRUJAS DEL GOBIERNO, como la de “AQUEL TERRORISTA DE FACEBOOK QUE PRESUNTAMENTE ATENTARÍA CONTRA LA VIDA DEL PRESIDENTE Y SUS HIJOS”, y al fin de cuentas cuendo el juez se dispuso a “ANALIZAR LA EVIDENCIA NO PUDO MÁS QUE TOTIARSE DE LA RISA Y DEJAR LIBRE AL JOVEN”.
Gracias por el comentario.
Un aproximación completamente impecable e imparcial, el crescendo cronológico fue bastante ilustrativo. Muchas gracias.
Tengo una sencilla pregunta: En lugar de esperar sentados en el patíbulo esperando a que aprueben quen nos alcanze este nuevo tentáculo de la avaricia los políticos, que acciones concretas y legales podemos tomar para evitar que Lleras y sus esbirros lo aprueben?.
Personalmente soy renuente a este remedo de ley que es solo otra imposición de los gringos por su gran ‘generosidad’ en el TLC, los cacareados derechos de autor solo son una cortina de humo para forzar cobros por la cultura, el conocimiento y la fuente de saber de una inmensa mayoría de seres humanos, aunado a la altísima probabilidad de que una vez entrada en vigor, se utilize como pretexto para espiar y subsecuentemente mercantilizar toda la información ( correos electronicos,blogs, fotos, videos, paginas web ) , cada paquete de datos que circule en la red. Que impulsará la creatividad y el desarrollo artístico?, imaginen lo que impulsará a las cuentas bancarias de los polítcos que lo forzaron.
ssabrewolf muchas gracias por tu comentario. Te puedo decir que hay un grupo de juristas muy importantes que están trabajando en una serie de argumentos jurídicos muy sólidos para controvertir los postulados de la ley. Se están coordinando a través de la plataforma http://redpatodos.co/blog/ . Yo particularmente espero que el debate que se de en el contexto del congreso de la república, pueda hacer eco de los muy agudos cuestionamientos jurídicos que se le hacen a la ley. De todas maneras se también, que si el congreso termina por aprobar una ley impopular, la democracia brinda mecanismos de participación ciudadana, para evitar que la misma sea puesta en marcha.
Comparto con Uds una noticia que me parece realmente preocupante. Si la Ley Sinde en España, la cual es bastante radical y tan controvertida no deja satisfecho al gobierno estadounidense, una ley como la que se esta pensando en Colombia (en teoría menos severa) menos que los va a dejar contentos , y si todo este alboroto se formó para satisfacer los intereses de EEUU con el TLC vamos a tener que llegar a lo que ellos exigen:
“… el intercambio de archivos sin ánimo de lucro no es perseguible, una actitud que no agrada a la USTR: despenaliza el intercambio de archivos ‘peer-to-peer’ de manera preocupante…”
Ver la nota completa en:
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/05/03/navegante/1304422661.html
Si al final lo que busca el gobierno Colombiano es satisfacer los intereses de EEUU no podemos asegurar que esta ley saldra al final de un debate riguroso y conciente de todos los estamentos involucrados y esto no es de extrañarse en nuestro pais.
Muchas gracias por compartir el vínculo Jorge. Es una realidad lo que el artículo proclama
Saludo para todos, felicito a la persona que escribió este artículo, se nota una profunda investigación y un planteamiento filosófico y de derecho, acorde a la realidad tecnológica y a la tendencia de modernización de nuestro país – TIC, Sociedad de la Información y del Conocimiento, Plan Vive Digital, Ley General de TIC, ley 1341 de 2009, Neutralidad tecnológica, etc.
Es muy importante aparecer ante el congreso como un colectivo o grupo unido y concreto, frente a la oposición a este proyecto de ley, que nos devuelve 40 años en la historia, nos deja sin posibilidad de acceso a la información y genera mas impedimentos para acceder a la información globalmente y para todos, sin discriminación.
NAdie esta en contra de reconocer la propiedad intelectual, pero esto no puede servir de argumento, para desconocer derechos universales como el debido proceso, la libertad de expresión, la no censura, el derecho a la información, el acceso universal, etc, todo se traduce en un acceso universal a la red, donde no puede haber grandes intereses sectoriales para impedir la masificación del conocimiento.