La Superintendencia de Sociedades recordó este lunes que las grandes empresas del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), tienen hasta el 31 de marzo para implementar sus programas de ética empresarial para la prevención del delito del soborno transnacional.
Esta obligación, que está incluida en la Ley 1778 de 2016, señala que las empresas TIC que cuenten con activos e ingresos brutos por más de 500.000 salarios mínimos y una planta de 1.000 o más empleados directos, deberán implementar sus planes antisoborno.
La entidad gubernamental recordó que las grandes empresas que sean condenadas por soborno transnacional podrían recibir multas que ascienden a los 200.000 salarios mínimos. Además, las compañías podrían enfrentar una inhabilidad de 20 años para contratar con el Estado.
“Las grandes compañías deben comprometerse a prevenir las conductas de soborno transnacional y están obligadas a cumplir con las nuevas normas. Sin embargo, invitamos también a las demás sociedades a que se unan al esfuerzo anticorrupción y fortalezcan sus exigencias en materia de ética empresarial”, aseguró el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar a través de un comunicado de prensa.
A través de la Resolución 2657 de 2016, la entidad especificó que las empresas de los sectores de la construcción, industria manufacturera, minería y farmacéutica, también están obligadas a implementar los programas antisoborno. En dicho documento se detalla qué empresas (dependiendo de sus activos, patrimonio y empleados) están cubiertas por esta normativa.
Cifras de la Superintendencia de Sociedades señalan que “estudios realizados por diversos centros de investigación sostienen que los actos de corrupción cuestan alrededor del 5% del PIB mundial”.
Imágenes: Blue Coat Photos (vía Flickr)