(Actualización 11:02 a.m.) La CRC hizo pública la Resolución 5161, la cual incluye detalles como la velocidad de subida para la banda ancha a partir de 2019 (5 Mbps).
La definición de la banda ancha en Colombia estaba en mora de ser actualizada. Y es que en el país, aún a la fecha, las conexiones con velocidades de mínimo 1.024 kilobits por segundo (Kbps) de bajada (downstream) y 512 Kbps de subida (upstream) son consideradas banda ancha.
Como les habíamos contado recientemente, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estaba adelantando la discusión sobre cuál sería la nueva definición de la banda ancha en Colombia. Como parte de dicha discusión, la entidad había publicado un primer documento en el que proponía una serie de ajustes encaminados a aumentar el mínimo de velocidad de las conexiones que los operadores quisieran vender como banda ancha. Este plan aumentaba el límite de forma gradual desde 2016 y hasta 2020, y establecía unos mínimos diferentes para las zonas urbanas y rurales del país.
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Pues sorpresivamente, durante la apertura del Congreso Latinoamericano de Telecomunicaciones 2017, el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, David Luna, anunció que Colombia había decidido establecer el nuevo límite para la banda ancha en 25 megabits por segundo (Mbps) de bajada. Hablamos con Juan Manuel Wilches, experto comisionado de la CRC, quien nos explicó algunos de los detalles de esta nueva definición de banda ancha.
¿Cuándo entra en vigencia la nueva definición de banda ancha?
De acuerdo con WIlches, los operadores de telecomunicaciones que quieran ofrecer servicios de internet bajo la modalidad de banda ancha deberán entregar mínimo 25 Mbps de bajada a partir de enero de 2019. Este lapso de tiempo servirá a la industria para realizar las inversiones necesarias, al tiempo que se ajusta la oferta comercial.
¿El cambio es solo para internet de empresas?
La nueva definición del mínimo de banda ancha aplicará tanto para empresas como para hogares. Así, toda conexión a internet deberá ser de mínimo 25 Mbps para que pueda ser considerada como banda ancha.
¿Por qué dar un salto tan grande?
Si bien inicialmente la idea era hacer un cambio gradual que llevara el míimo a 10 Mbps y luego a 25 Mbps, estudios realizados por la CRC mostraron que factores como la infraestructura y las inversiones realizadas por los operadores, sumado a la necesidad de promover mayores velocidades, permitían dar el salgo directamente a las 25 Mbps.
Además, este límite pondría a Colombia más cerca de velocidades las de banda ancha de los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde), club de buenas prácticas de gobierno al que Colombia aspira a ingresar, y en el que el promedio para la banda ancha está cerca a los 30 Mbps.
¿Va a aumentar el precio del servicio?
Wilches explica que el precio de los servicios de banda ancha seguirá, como hasta ahora, dependiendo del tipo de ofertas que los operadores lleven al usuario final, por lo que es complicado determinar si las conexiones de estas velocidades bajarán o subirán de precio.
Sin embargo, lo que sí tiene claro el funcionario es que la decisión que tomó la CRC está orientada a cambiar los patrones de consumo de internet por parte de los colombianos. La idea es que el usuario promedio no solo tenga las redes sociales o el correo electrónico como su principal herramienta al entrar a la red, sino que además eche mano de más herramientas que demandan un alto consumo de datos.
¿La decisión no afecta la adopción de internet en Colombia?
El comisionado de la CRC recuerda que en 2010, cuando se actualizó la más reciente definición de banda ancha en el país, la adopción de este tipo de conexiones se redujo durante algunos meses. Sin embargo, luego la curva de crecimiento se aceleró, por cuenta de los cambios en la oferta de servicios por parte de las compañías del sector.
Imágenes: iStock
Por qué no le preguntaron cuál iba a ser la velocidad de subida tanto en lo urbano como lo rural? Ese dato es tan importante como la velocidad downstream, no sirve de mucho tener 25 Mbps de bajada si la velocidad de subida es de 3 Mbps o menos, así no se puede aprovechar demasiado los servicios en nube ni otros servicios donde es importante tener una velocidad de subida decente. En mi humilde opinión me parece que la velocidad upstream debería ser al menos el 50% de la velocidad downstream contratada.
Concuerdo. Por ahí puede quedar/salir un “hueco legal”. Tendremos que investigar un poco más a fondo. Saludos.
Luis Carlos, de acuerdo con la Resolución de la CRC, la cual fue publicada hace un par de horas, la velocidad mínima de subida será de 5 Mbps.
Gracias por la aclaración.
Revisando un poco el documento (https://www.crcom.gov.co/resoluciones/00005161.pdf), me encuentro con algo que, como que no me cuadra:
https://uploads.disquscdn.com/images/e6873bd6cd248f9ef2618d1e84446588783c845c60dd7bb4eaba6643252a90a1.png
correcto
Terminarán cobrando la velocidad de subida por aparte como aún siguen haciendo con los canales HD en estos pseudo-operadores de televisión cuando el estandar ya debería ser tener los canales HD en los paquetes básicos…
¿Y esto aplica para actualización de clientes existentes o solo para los clientes nuevos?
A mí el tema del precio me preocupa mucho, muchísimo.
25Mbps minimo de bajada Y LA NORMA DE LA TASA MAXIMA? ? la resolucion habla algo de esto? y el precio de esas 25 Megas? PROTEGERAN EL #CRC Y EL #MINTIC AL CONSUMIDOR? Quedan muchas dudas