Mediante un fallo, la Corte Constitucional solicitó al Congreso de la República emitir una regulación integral sobre la violencia de género digital. Este delito es poco conocido, aunque ocurre con más frecuencia de lo que se cree.
Ya desde el año 2018, la Organización de Naciones Unidas emitió un manual que trata sobre la violencia de género en línea contra mujeres y niñas. En este mismo documento, la ONU definió este delito como “actos de violencia por razones de género que son cometidos, instigados o agravados, en parte o en su totalidad, por el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), como teléfonos móviles, internet, plataformas de redes sociales y correo electrónico”.
Hasta ahora la clasificación de este delito en el ámbito legal colombiano no está del todo claro. El fallo de la Corte se fundamenta en el caso de una mujer llamada Luz, quien tuvo que interponer una tutela por vulneración de sus derechos como el buen nombre, honra, intimidad, desarrollo de la personalidad, integridad física, entre otros.
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Se espera que con este llamado de la Corte Constitucional se ejecute una regulación que abarque actos como el ciberacoso y la obtención de datos personales. Incluyendo casos como la difusión no consentida de la identidad de género o preferencia sexual, la creación de falsos perfiles y los fotomontajes (deep fakes) y temas de extorsión digital. Para que de esta manera las denuncias de las víctimas tengan un protocolo de actuación que sea claro.
De hecho, en medio de una entrevista en Blu Radio, la abogada experta en derecho constitucional, Luisa Fernanda García, se refirió a este delito. Explicó que la penalización de estas acciones debería ser la última instancia, consideró que deben fortalecerse las medidas, estas situaciones y que lo prevengan. Para ello, apuntó a la concientización de los jóvenes porque son los que más son propensos a cometer estos actos.
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