Corte Constitucional prohíbe la mutilación estética en mascotas, no más cortes de orejas y cola

mascotas

La Corte Constitucional emitió una sentencia con la que pretende proteger los derechos de los animales. En un reciente fallo, declaró inexequible la expresión “estética” contenida en el artículo 6 de la Ley 84 de 1989, el cual regulaba el trato hacia los animales en el país. Esto implica que prácticas de mutilación con fines exclusivamente estéticos, como el corte de orejas y cola en mascotas, ya no están permitidas en Colombia.

La Ley 84 de 1989, conocida como el Estatuto Nacional de Protección de los Animales, buscaba establecer un marco legal para evitar el maltrato animal y promover su bienestar. Sin embargo, hasta este fallo, las mutilaciones por motivos estéticos quedaban en una zona gris de interpretación, donde muchos propietarios optaban por intervenir quirúrgicamente a sus mascotas con el fin de alterar su apariencia.

La Corte ha aclarado que el término “estética” en este contexto viola los derechos fundamentales de los animales, al no estar alineado con el deber de proteger y preservar su integridad física y mental.

A partir de esta sentencia, se eliminan prácticas como el corte de orejas y cola en perros, las cuales se han realizado por décadas bajo el argumento de mejorar la apariencia de algunas razas.

Te puede interesar: No más súplicas para llevar a tu mascota, Uber Pet llega a Colombia: Esto debes tener en cuenta para movilizarte

La sentencia reafirma el compromiso de Colombia con el bienestar animal y establece que las intervenciones quirúrgicas en animales solo se justifican cuando son necesarias para la salud y el bienestar del animal, eliminando así cualquier posibilidad de realizar estas cirugías solo por razones estéticas.

Este fallo responde a una corriente global que rechaza las mutilaciones estéticas en animales, considerándolas innecesarias e injustificadas. En países como Alemania, Reino Unido y Australia, estas prácticas ya han sido prohibidas desde hace años, reconociendo que someten a los animales a un dolor innecesario y a posibles complicaciones de salud.

Ahora, Colombia se une a esta tendencia, reafirmando el valor intrínseco de los animales como seres sintientes, una consideración que ya se encuentra en la Constitución y en leyes de protección animal del país.

Desde una perspectiva legal, esta decisión también se alinea con el desarrollo de la jurisprudencia sobre derechos animales, que cada vez reconoce más su dignidad y la necesidad de protegerlos de tratos inhumanos o degradantes. La Corte ha hecho hincapié en que los animales no deben ser tratados como meros objetos o adornos para el disfrute humano, sino como seres con derechos a ser respetados en su integridad.

Te puede interesar: Este es el algoritmo que logra determinar la edad biológica de nuestras mascotas

Por otro lado, para los propietarios de mascotas, esta sentencia implica un cambio de mentalidad y de prácticas en el cuidado de sus animales. La idea de que ciertas razas se ven “mejor” con orejas o colas modificadas deberá ser reemplazada por una visión de respeto hacia la naturaleza del animal y su bienestar.

Los veterinarios, por su parte, tendrán un rol crucial en educar a los dueños sobre los daños y riesgos de estos procedimientos. Además, deberán rechazar cualquier solicitud de cirugía con fines exclusivamente estéticos, centrándose en realizar intervenciones que verdaderamente beneficien la salud del animal.

Es importante mencionar que esta decisión no limita la capacidad de los veterinarios para realizar procedimientos quirúrgicos necesarios, como la amputación de una extremidad en caso de enfermedad o lesión grave. Solo se restringen las intervenciones por razones de estética, en las cuales no existe un beneficio real para el animal.

Imagen: avancedemorelos

Digna Irene Urrea

Digna Irene Urrea

Comunicadora social y periodista apasionada por las buenas historias, el periodismo literario y el lenguaje audiovisual. Aficionada a la tecnología, la ciencia y la historia.

View all posts

Archivos