Comienza la cuenta regresiva para la implementación de la Reforma Pensional, aprobada el pasado 14 de junio por el Congreso de la República. A partir del 1 de julio de 2025, los trabajadores colombianos deberán ajustarse a nuevos parámetros en el aporte al sistema pensional. Te contamos lo que cambiará para los trabajadores independientes.
En Colombia, más de 12 millones de trabajadores están afiliados al sistema pensional, de los cuales alrededor de 3 millones lo hacen como independientes, según el Ministerio del Trabajo. Y, aunque la Reforma contempla modificaciones para todos los actores del sistema de cotización, hay variantes que los trabajadores independientes deben tener en cuenta, ya que se modifica el pago de la planilla y el valor de la cotización según el tipo de contrato y días laborados al mes.
“El objetivo principal de esta reforma es facilitar la manera de cotizar y aumentar la cobertura, permitiendo que más personas accedan a una pensión. Asimismo, busca combatir la evasión y la elusión en los trabajadores independientes, es decir, que no paguen o que paguen menos de lo que corresponde según sus ingresos”, aseguró José Jesús Ramírez, gerente del operador de información miplanilla.com.
Ramírez explica cuatro cambios que vendrán con la normativa:
- Contratantes harán aportes a la planilla: los contratistas ya no tendrán que hacer el pago de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), los contratantes podrán descontar y pagar los aportes a seguridad social de sus contratistas, así como reportar novedades de terminación y suspensión de contratos, sin que esto afecte la continuidad de la afiliación en las administradoras de seguridad social o la continuidad de otros contratos que pueda tener el contratista.
- Se aportará según los ingresos: trabajadores independientes como jornaleros, campesinos o comerciantes podrán ajustar sus aportes proporcionalmente según las semanas trabajadas durante el mes, y no haciendo el pago mínimo de 30 días, lo que permitirá una cotización más acorde con ingresos variables.
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- Se cotizará en Colpensiones: los independientes que devenguen hasta 2,3 salarios mínimos ya no podrán escoger su fondo de pensiones, sino que automáticamente tendrán que cotizar en Colpensiones. Para aquellos que sus honorarios sean superiores, tendrán que aportar una parte en Colpensiones y el excedente lo podrán hacer en un fondo privado.
- Se hará un aporte adicional a pensión solidaria: aquellos trabajadores independientes con ingresos iguales o superiores a cuatro salarios mínimos tendrán la obligación de realizar aportes adicionales al Fondo de Solidaridad Pensional. Estos aportes van desde el 1.5 % para quienes devengan hasta 4 SMMLV y hasta el 3 % para quienes cotizan sobre 25 SMMLV.
El porcentaje de aporte pensional se mantiene en el 16 % del ingreso base y como ha sido común, la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), administrada por operadores de información autorizados como miplanilla.com, seguirá siendo el mecanismo para realizar los pagos de manera eficiente y segura.
Para los colombianos residentes en el exterior, la reforma también establece reglas claras. Quienes perciban ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones, mientras que el excedente podrá ser destinado a fondos privados. Este esquema permite a los trabajadores en el extranjero mantener su vínculo con el sistema pensional colombiano y continuar acumulando semanas de cotización.
Desde el Gobierno Nacional recomiendan a los trabajadores que cumplan con los plazos establecidos para evitar sanciones. Asimismo, es importante que tengan en cuenta que deben suministrar la información real y precisa, para evitar inconsistencias o multas.
imagen: Towfiqu barbhuiya