El pasado 28 de febrero quedaron reglamentados los tres días sin IVA en Colombia. Aunque el presidente Iván Duque ya había adelantado la primera fecha de las jornadas en enero y luego un borrador del decreto había revelado las otras dos, el mandatario firmó el lunes, junto al ministro de Hacienda José Manuel Restrepo, el documento que confirma y regula la actividad en 2022.
Como se había anticipado, las jornadas de este año quedaron distribuidas de manera de que haya un tiempo prudente entre las fechas. De esta manera, los próximos tres días sin IVA tendrán lugar el 11 de marzo, el 17 de junio y el 2 de diciembre: fechas que coincidirán con distintos eventos nacionales y económicos importantes como las elecciones legislativas (que se realizarán dos días después del primer día de exenciones), el pago de la primera mitad de la prima (en el caso de la época para la que se escogió le segundo día de actividad), y la temporada navideña, para la tercera fecha.
De acuerdo al decreto, para definir las jornadas, se tuvo en cuenta se tomó el registro del recaudo del IVA durante todos los bimestres anuales de los últimos cinco años, para poder “determinar el mes o los meses, que permitieran cumplir el propósito de la norma”, el cual es “contribuir con la reactivación económica” del país.
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— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) February 28, 2022
Artículos que podrán comprarse con exención de impuestos en los días sin IVA
Durante las tres fechas los colombianos tendrán 24 horas para poder usar el beneficio de la exención del IVA y adquirir artículos de vestuario o complementos con un valor igual o menor a 20 UVT; electrodomésticos que tengan un valor igual o menor a los 80 UVT; elementos deportivos; juguetería cuyo valor sea igual o inferior a los 10 UVT; útiles escolares que no superen los 5 UVT; y bienes e insumos para el sector agropecuario que tengan un valor igual o inferior a los 80 UVT.
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