La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá expidió la resolución 137609 de 2023 donde define por dónde deben circular los ciclomotores en la capital del país. Estos vehículos no podrán movilizarse por los carriles preferenciales y las vías troncales establecidas por la Alcaldía. Los ciclomotores son un automotor de dos ruedas, que por lo general, tienen un motor de combustión interna o uno eléctrico; su cilindraje no puede ser, si es de combustión interna, superior a 50 Cm3 (centímetro cúbicos), si, por el contrario éste es eléctrico no puede superar a 4 kW (kilovatio hora).Recordemos que en la resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte solo se estableció que los ciclomotores no pueden “circular por los andenes o aceras, ciclovías, ciclorrutas o cualquier tipo de ciclo infraestructura y por espacios destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas, así como, por aquellas vías en donde las autoridades de tránsito lo prohíban”.
Te puede interesar: Así fue nuestra experiencia con la bicicleta Specialized Turbo Tero X
El objetivo con esta nueva resolución donde la administración distrital pone más normas para estos vehículos es el prevenir “efectos negativos en las personas que hacen uso de las vías en Bogotá, es decir, la Secretaría Distrital de Movilidad “buscará priorizar a los usuarios más vulnerables que son los peatones y ciclistas ; además de establecer condiciones de circulación que protejan la vida humana”.
Vías por dónde no pueden transitar ciclomotores en Bogotá
Carriles preferenciales ubicados en:▪ Avenida Cr. 7 entre calles 32 y 134 en ambos sentidos de circulación.▪ Avenida Boyacá entre Av. Villavicencio y calle 134 en ambos sentidos de circulación.▪ Carrera 15 entre calles 72 y 100.▪ Calle 19 entre carrera 3 y avenida NQS en ambos sentidos de circulación.▪ Calle 72 entre Av. carrera 7 y carrera 13 en ambos sentidos de circulación.▪ Avenida Primero de Mayo entre carrera 80 y carrera 10 en ambos sentidos de circulación.▪ Avenida de Las Américas entre carrera 50 y Av. Ciudad de Cali en ambos sentidos de circulación. ▪ Avenida NQS entre avenida carrera 68 y calle 94 en ambos sentidos de circulaciónLas vías troncales ubicadas en:▪ Troncal Caracas entre Portal Usme y Calle 80.▪ Troncal Norte entre Calle 80 y Calle 192.▪ Troncal NQS Central entre Autopista Norte yAvenida Calle 13.▪ Troncal NQS Sur entre Avenida Calle 13 hasta ellímite con Soacha.▪ Eje Ambiental entre Avenida Caracas y Calle 22.▪ Troncal Calle 26 entre Portal El Dorado y Calle 22▪ Troncal 80 entre Portal de la 80 y Autopista Norte.▪ Troncal Suba entre Portal Suba y Calle 80.▪ Troncal Carrera 10 entre Portal 20 de Julio y Avenida Calle 26.▪ Troncal Américas entre Portal Américas y Avenida Caracas.▪ Avenida Calle 6 entre Avenida NQS hasta la Avenida Caracas.
Imagen: Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá