Las plataformas digitales como Spotify, Amazon, Netflix, Disney+, entre otras, tendrían que pagar más impuestos al estado colombiano. El Ministerio de Hacienda hizo público el borrador del decreto que pone nuevas reglas del pago de impuestos de estas multinacionales.
De acuerdo con el documento, las compañías de streaming o que ofrezcan servicios digitales tendrían que pagar una tarifa del 3% sobre los ingresos brutos en el país a partir del próximo año.
“La persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia a la que se refiere esta disposición, podrá optar por declarar y pagar (…) una tarifa del tres por ciento (3%) sobre la totalidad de los ingresos brutos derivados de la venta de bienes y prestación de servicios digitales, desde el exterior, vendidos o prestados a usuarios ubicados en el territorio nacional”, se lee en borrador de la Ley 2277 de 2022, en el artículo 57, parágrafo 2.
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La presencia económica significativa se define en que durante el año gravable anterior o en curso, la empresa genere ingresos brutos por 1.327 millones de pesos o 31.300 UVT (Unidad de Valor Tributario), o más por transacciones que involucren venta de bienes con clientes y usuarios ubicados en el país.
El borrador define cuáles compañías tendrían que pagar el 3% sobre sus utilidades:
- Servicios de publicidad online, contenidos digitales, sean online o descargables, incluyendo las aplicaciones móviles, libros electrónicos, música y películas.
- Servicios de transmisión libre, incluyendo programas de televisión, películas, “streaming” música, transmisión multimedia “podcasts” y cualquier forma de contenido digital.
- Cualquier forma de monetización de información y/o datos de usuarios ubicados en el territorio nacional y que han sido generados por la actividad de dichos usuarios en mercados digitales.
- Suscripciones digitales a medios audiovisuales incluyendo, entre otras, noticias, magazines, periódicos, música, vídeo, juegos de cualquier tipo.
- La gerencia, administración o manejo de datos electrónicos incluyendo el almacenamiento web, almacenamiento de datos en línea, servicios de intercambio de archivos o de almacenamiento en la nube.
- Los servicios o el licenciamiento de motores de búsqueda online, estandarizados o automatizados, incluyendo “software” personalizado.
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Sin embargo, aunque la nueva norma suena muy bien en el papel, especialistas en el tema explican que es difícil saber cuáles son las ganancias reales de estas compañías. Iván Felipe Aguirre, le explicó al diario La República que, si por ejemplo, “Netflix cuesta $30.000 mensuales en realidad es bastante difícil saber cuál es su utilidad para así gravarla con impuesto sobre la renta”.
Y agregó que es un desafío, ya que, por lo general “estas retenciones en la fuente en la práctica terminan siendo como un impuesto al consumo. Eso se traslada 100% al consumidor”.
Por su parte, Luis Carlos Reyes, director de la Dian, invitó a las compañías a que “se sometan al mecanismo de presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y el pago de los anticipos mensuales y en todo caso, participen con sus comentarios al proyecto de decreto que está colgado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta el 15 de julio de 2023”.
Por ahora, habría que esperar en qué termina todo, ya que, en dado caso de que la Ley 2277 de 2022, sea promulgada por el presidente Gustavo Petro, seguramente estas plataformas alzarían los precios de sus suscripciones y servicios, afectando directamente a los usuarios.
Imagen: Archivo de ENTER.CO