El pasado 27 de mayo, el Ministerio de Transporte emitió la resolución 2163, que reglamenta los taxis de lujo. En un comunicado oficial, el Ministerio señaló que luego de seis meses de escuchar a las partes invocluradas, el Gobierno reglamentó la prestación de servicio de lujo en la modalidad de transporte público individual de pasajeros. Algo que empresas de Taxi y compañías como Uber estaban esperando con expectativa.
En esta resolución, se establecen los requisitos que deben cumplir las empresas propietarias de las plataformas tecnológicas, como herramientas para atender el servicio público de lujo. Dice el comunicado:
“El Ministro del Transporte, Jorge Eduardo Rojas Giraldo, afirmó que estas decisiones buscan que prevalezcan criterios como el derecho a la igualdad de los que prestarán el servicio de lujo de transporte individual. Las plataformas tecnológicas serán el soporte de las empresas de transporte debidamente habilitadas que harán la gestión y atención del servicio. También deberán tener funcionalidades para calificar al conductor y al usuario, identificar el vehículo, garantizar el monitoreo y el control de la tarifa, así como la disponibilidad y el cumplimiento de los servicios requeridos por los usuarios.”
Además, los conductores en el nivel de lujo deberán estar certificados en competencias laborales para el transporte de pasajeros y haber recibido capacitación en atención al usuario. Las tarifas serán fijadas por la autoridad local, garantizando la adecuada diferenciación tarifaria entre los mercados de los servicios autorizados en los niveles básico y de lujo.
Al respecto, voceros de Uber nos compartieron su posición frente a la resolución:
“Aunque la reglamentación de Taxis de Lujo, que define estándares para las empresas de taxi, es un paso inicial para nuevas formas de movilidad en Colombia; la naturaleza del Decreto y su Resolución reglamentaria restringen esta categoría a los actuales propietarios de taxis amarillos y al sistema de cupos existente. Por este motivo, ningún nuevo jugador puede ofrecer esta modalidad de lujo en las condiciones actuales, ya que los cupos se encuentran monopolizados por particulares y se transan en un mercado informal sin ningún control.
La tecnología ha creado nuevas oportunidades de emprendimiento para los colombianos, sin discriminación, permitiendo a más de 30 mil conductores acceder a una fuente de ingreso flexible en la cual son libres de elegir su horario y ofreciendo a cientos de miles de usuarios viajes seguros y confiables al toque de un botón en su celular; con el potencial de descongestionar las vías moviendo a más personas en menos carros”
Con respecto a servicios como Uber X, el Ministerio reafirmó que no está permitido el uso de vehículos particulares para prestar servicio de movilidad: “de conformidad con el artículo 5 de la ley 336 de 1996, los vehículos particulares no podrán prestar, bajo ninguna circunstancia, el servicio de transporte público de pasajeros y pidió a todas las personas que están en la modalidad del servicio especial que se abstengan de prestar el servicio individual con vehículos que no están habilitados para este servicio.”
Si desean leer completa la resolución, pueden hacer clic en este enlace.
Imagen: Uber (vía Facebook).
Como siempre las normas favoreciendo a los gremios y monopolistas… nunca favorecen a los usuarios… malo eso de que retiran uber x