Las plataformas tecnológicas han traído a los usuarios de todo el mundo el beneficio de contar con más alternativas para la movilidad en las ciudades. Comodidad, seguridad y facilidad de uso se cuentan entre las ventajas que ofrecen estos servicios.Sin embargo, el tema regulatorio sigue siendo un inconveniente en múltiples países, entre ellos Colombia. Al ser plataformas que han propuesto modelos de negocio distintos a los tradicionales, los gobiernos han encontrado vacíos normativos que incluso han llevado a catalogar los servicios como ilegales. En nuestro país, a pesar de los inconvenientes, no han dejado de llegar este tipo de plataformas.
En la actualidad, Uber está disponible en más de 600 ciudades del mundo, y el servicio privado que presta intermediado por plataformas está regulado en 134 jurisdicciones, según datos de la compañía. De acuerdo con Nicolás Pardo, gerente general de Uber Colombia, en el país la situación es de no reglamentación, pues no hay normas que prevean el funcionamiento de plataformas tecnológicas y los servicios que intermedian ya que estos modelos de negocio hace 20 años no existían. En su opinión, la idea es que exista un marco regulatorio claro y definido, algo en lo que el país no ha avanzado.
Cómo se han regulado las plataformas tecnológicas de transporte
En varias ciudades y países, la ausencia de reglamentación ha motivado a los gobiernos a tomar cartas en el asunto. La idea no ha sido prohibir, sino entender las nuevas dinámicas y encontrar un espacio para todos los jugadores. Estos son algunos ejemplos:Ciudad de México, México. Allí se creó una categoría diferente de servicio de transporte privado facilitado por plataformas tecnológicas de transporte. De esta manera, el usuario puede escoger cómo moverse en su ciudad. La reglamentación en México establece que el tamaño del servicio está acorde con lo que dicta el mercado.Un punto a favor de los usuarios es que asuntos como las garantías de seguridad y eficiencia que debe tener el servicio se convirtieron en norma. En este país también creó un Fondo de Movilidad, construido con los aportes de las plataformas para promover alternativas de transporte y proyectos de movilidad en dicha ciudad.Washington D.C., Estados Unidos. En la capital de Estados Unidos se promulgó una ley que abrió la posibilidad para que personas naturales o jurídicas puedan hacer parte de una nueva categoría de transporte. Además, permite que se creen compañías de alquiler de carros privados para prestar los servicios que intermedian las plataformas.La ley reconoce la necesidad de crear una nueva clase o categoría de servicio de transporte para los vehículos de alquiler privados. A través de dicha categoría, menciona la norma, “una red de operadores de vehículos de alquiler privados en el Distrito proporciona transporte a los pasajeros con los que los operadores de vehículos de alquiler privados están conectados por despacho digital”. Este ‘despacho digital’ es un definición incorporada por la ley mediante la cual se integran las “aplicaciones y redes de hardware y software, incluyendo aplicaciones de telefonía móvil, que los pasajeros y operadores utilizan para proporcionar servicios públicos y privados de vehículos de alquiler”.La Paz, Bolivia. En esta ciudad rige el Reglamento Municipal de Servicio Privado de Transporte de Pasajeros contratado mediante Plataformas Tecnológicas. En él se establecen los requisitos, procedimientos y condiciones que se deben cumplir para ofrecer este tipo de prestaciones mediante aplicaciones en un teléfono móvil.Imagen: iStock