La Comisión Nacional de Televisión (CNTV) informó ayer que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a su favor una demanda interpuesta por el operador de TV por suscripción Cable Andino, luego de que esta entidad declarara la caducidad del contrato de concesión que le había otorgado a dicha empresa.
Según se conoció, Cable Andino no solo pretendía obtener la nulidad de las resoluciones 402 y 837 adoptadas por la CNTV en el año 2002, sino que solicitaba condenar a la Comisión de TV al pago de 21.255 millones de pesos por los posibles perjuicios de orden material generados por esa decisión.
En su fallo, el alto tribunal determinó que la CNTV tenía la facultad para declarar la caducidad del contrato debido a los incumplimientos del contratista, por ejemplo, el no pago de las obligaciones económicas contenidas en el contrato.
“La entidad requirió en varias ocasiones al demandante, para que cumpliera con las obligaciones emanadas del contrato de concesión, en especial con las obligaciones relacionadas con el pago de la compensación y de la concesión del contrato”, sin lograr una respuesta positiva de su parte, señaló el tribunal.
Así mismo, la alta corte determinó que por las características del contrato de concesión, Cable Andino “debía asumir los riesgos del éxito o del fracaso de su gestión y por ello obra por su cuenta y riesgo”.
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